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Solicitando asilo politico: sus derechos mientras espera

Claiming asylum: your right while you are waiting

¿De qué puedo vivir mientras espero?

Si usted no tiene plata puede pedir que le ayuden mientras que estudian su caso. Este programa lo organiza el Servicio nacional de ayuda a los solicitantes de asilo (National Asylum Support Service - NASS). Las solicitudes de los menores que están solos se tramitan de otra forma – reciben ayuda de la Municipalidad donde viven.

El Ministerio del Interior (Home Office) podría negarle cualquier tipo de ayuda si cree que usted no solicitó asilo político tan pronto como debía. Si le deniegan la ayuda por este motivo, no podrá apelar, pero debería asesorarse tan pronto como pueda.

Solicitando ayuda

Si puede solicitar ayuda, tendrá que rellenar un formulario muy largo y en inglés. Usted debería de poder encontrar a alguien que le ayude con el formulario dondequiera que se encuentre en el Reino Unido. Puede encontrar este tipo de ayuda en las distintas organizaciones que tienen los servicios llamados ‘one-stop services’ (servicios integrados de atención directa). Pueden facilitarle los datos de contacto en el Ministerio del Interior cuando le den este formulario, o en cualquier organización de apoyo a los refugiados en la zona donde viva.

Usted puede pedir que le den alojamiento (housing), ayuda económica (dinero), o ambas cosas. Le ayudarán solo si es usted considerado “indigente” (que no tiene plata). Si usted dispone de algo de dinero o NASS cree que puede conseguirlo, tendrá que vivir de eso hasta que se acabe para que le ayuden.

Si le deniegan la ayuda, o si le dejan de ayudar antes de que tomen una decisión sobre su petición de asilo, puede apelar a los llamados “asylum support adjudicators” (quienes actúan como jueces independientes en estos casos de apelaciones contra las decisiones de NASS). Le darán un formulario de apelación si le deniegan la ayuda. Puede conseguir asesoramiento legal gratuito para preparar su apelación, pero no para que le representen en el juicio. Puede que allí haya un defensor o defensora legal que le ayude sin cobrar cuando vaya al juicio.

Lo que pueden darle

La ayuda se la darán en forma de vales o cupones (vouchers), que usted puede cambiar por dinero en la oficina de correos. Sin embargo, si usted o alguien en su casa tiene problemas médicos u otras necesidades especiales que cuestan más de lo que pueden permitirse, también debería pedir que le paguen estos gastos.

Dónde vivirá

Si NASS le concede la ayuda y necesita un lugar dónde vivir, primero le darán alojamiento de emergencia, normalmente en un hostal o pensión en Londres o Kent (al sur de Londres). Después le enviarán (“dispersarán”) a otra parte del país, a menos que tenga una buena razón para quedarse en Londres – por ejemplo, si necesita cuidados especiales porque ha sido víctima de torturas. El simple hecho de tener familia cercana en Londres no será normalmente una buena razón.

Si le envían a otro sitio, no podrá elegir a dónde ir. En cada parte del país hay servicios integrados de atención directa (‘one-stop services’) en los que podrán asesorarle y ayudarle, y deberían de ponerle en contacto con ellos.

Si no quiere que le dispersen, probablemente solo podrá conseguir ayuda económica, pero no alojamiento. Usted mismo/a tendrá que encontrar un sitio donde quedarse (con amigos, por ejemplo).

Cuando termine la ayuda

La ayuda puede terminar:

  • Si le reconocen la condición de refugiado o refugiada (le conceden el asilo), le conceden protección humanitaria (humanitarian protection) o le dan un permiso de estancia discrecional (discretionary leave), tendrá 28 días para dejar el alojamiento de emergencia y encontrar otro tipo de ayuda. El servicio “one-stop service” o cualquier otra organización que ofrezca asesoramiento en su zona le ayudarán a hacerlo.
  • Si su petición de asilo es rechazada, le darán cierto tiempo para presentar una apelación. Usted seguirá recibiendo la ayuda hasta que termine su apelación, más 21 días después de que termine.
  • Si usted abandona o daña el alojamiento que le han concedido, o NASS cree que usted dispone de otro dinero, no recibirá más ayuda.

Casos difíciles (‘Hard cases’)

Es posible que, en algunos casos, le sea imposible volver a casa, incluso después de haber perdido la apelación. Esto puede ocurrir si no hay vuelos que vayan a la zona, de manera que no hay forma de devolverle, o si hay una guerra allí y el Ministerio del Interior cree que no debería regresar por el momento. Si ocurre esto, deberían permitirle quedarse por un tiempo, pero debido a que su caso ya ha sido cerrado no podrá pedir ayuda. Usted puede solicitar alguna ayuda “discrecional o voluntaria” de NASS. Puede que le digan que tiene que hacer algún tipo de trabajo en la comunidad para recibir esta ayuda.

Si en su casa hay niños, puede conseguir ayuda de la Municipalidad. Sin embargo, ésta puede acabar si el Ministerio del Interior cree que usted no está colaborando con los trámites para devolverle a su país. Por ejemplo, no haciendo bien la solicitud para conseguir un pasaporte en su embajada.

Aparte de eso, puede conseguir ayuda solo si tiene necesidades médicas especiales – si es así, la Municipalidad debería ayudarle con los gastos.

¿Qué derechos tengo mientras espero?

La mayoría de los solicitantes de asilo que hacen su petición en cuanto llegan no son detenidos, sino que consiguen una admisión temporal al país. Si le admiten de forma temporal usted debe:

  • volver a presentarse ante las autoridades de inmigración el día y a la hora que le digan;
  • vivir en la dirección dada; y
  • no trabajar.

También tiene que presentarse regularmente en una oficina de inmigración para firmar, o aceptar el seguimiento electrónico (‘electronic monitoring’) o etiquetado electrónico. Normalmente esto significa tener que llevar un dispositivo especial que permita al Ministerio del Interior comprobar que usted está viviendo en una dirección determinada.

Si no cumple las condiciones que le dieron para la admisión temporal, podrían detenerle. Y si no se presenta cuando le dicen, le tratarán como si fuera un “inmigrante ilegal”. Si se cambia de casa, debe comunicárselo a las autoridades de inmigración inmediatamente, incluso si le dispersan.

El Ministerio del Interior le dará una cita para hacerle una entrevista, y le enviará el aviso a la dirección que puso en su formulario de admisión temporal. Si no se presenta, el Ministerio del Interior rechazará su solicitud por “desacato o incomparecencia” (‘non-compliance’).

Usted podría perder su derecho a apelar si no le llegan las cartas avisándole y debido a esto se le pasa el plazo.

Si no le conceden la admisión temporal (temporary admission)

Si no consigue una admisión temporal, le detendrán, pero a los siete días usted puede solicitar que se decrete una fianza (bail). Esto significa que usted puede salir del centro de detención, siempre y cuando pueda pagar una cantidad de dinero al juzgado si no cumpliera las condiciones que le den para su libertad. Le sería muy útil si conoce a una o dos personas que vivan en el Reino Unido y que estén dispuestos a garantizar que usted cumplirá las condiciones de la libertad bajo fianza. Les pedirán a estas personas (llamadas “garantes o avalistas” - ‘sureties’ en inglés) que prometan pagar ellos el dinero si usted no se presentara cuando le dicen. Hay un folleto aparte para las personas que están detenidas, se llama ‘Challenging Legal Detention: A Best Practice Guide’ (“Desafiando la detención legal: una guía de buenas prácticas”), el cual debería conseguir a través de:

  • el grupo de los visitantes (“visitors’ group”), un grupo de voluntarios que visitan a personas que están detenidas y que pueden ayudarle a contactar con los servicios que hay fuera; o
  • la organización “Bail for Immigration Detainees” (Libertad bajo fianza para los inmigrantes detenidos).

Puede que le den la libertad bajo fianza con unas condiciones, parecidas a las que hay para la admisión temporal. Quizás tenga que ir regularmente a una comisaría o a una oficina de inmigración para firmar. Si usted no cumple estas condiciones, podría estar violando la ley y sus garantes o avalistas podrían perder el dinero que prometieron.

El coste de solicitar la libertad bajo fianza lo cubrirá la asistencia legal financiada con dinero público, si usted reúne los requisitos para recibirla. Usted debería pedir a su defensor o defensora legal que lo solicite.

No le está permitido trabajar mientras siga siendo solicitante de asilo. Sin embargo, si el Ministerio del Interior tarda más de 12 meses en resolver su caso, entonces puede solicitar un permiso de trabajo.

Otros derechos

Como solicitante de asilo usted puede recibir atención médica gratuita y puede inscribirse en el centro de salud local con un médico para recibir esta asistencia. En la mayoría de los sitios hay clases de inglés gratis, y usted puede estudiar otros cursos de educación técnica y/o vocacional (further education) también.

Tendrá muy poca plata, aparte de la ayuda que le den, aunque puede que le paguen el coste del trasporte para ir a una entrevista con las autoridades de inmigración y a su apelación. Usted debería pedir que le paguen el transporte si tiene que presentarse en la comisaría o en una oficina de inmigración. Para que le paguen estos gastos debe comunicarle a NASS que tiene una cita cinco o seis días antes. También le pagarán el transporte si le envían a otra parte del Reino Unido. En el servicio integrado de atención directa (one-stop service) pueden ayudarle.

Si usted dispone de la asistencia legal financiada con dinero público, puede que le paguen el transporte para ir a una entrevista con su defensor o defensora legal.

¿Dónde pueden ayudarme con mi solicitud?

Si usted no tiene dinero para pagar a un defensor o defensora legal, debería poder encontrar asesoramiento especializado gratis. Esto es posible a través de los abogados y las organizaciones no gubernamentales (voluntary organizations) que tienen un contrato con la organización Legal Services Commission. Dos de las organizaciones más importantes que ofrecen un servicio de asesoría legal son: Refugee Legal Centre e Immigration Advisory Service.

Además, otras organizaciones y agencias locales ofrecen servicios gratuitos, especialmente los llamados centros de asesoría legal (law centres). En el servicio integrado de atención directa (one-stop service) o en el centro de atención al ciudadano (Citizens Advice Bureau) pueden ayudarle a encontrar alguno, aunque es posible que no consiga encontrar un asesor legal que pueda ayudarle inmediatamente.

Si le han detenido y no puede acceder a ninguna de estas organizaciones, usted debería ponerse en contacto con alguna por teléfono o hablar con alguien que sea del llamado “visitors’ group”, que es un grupo de voluntarios que visitan a las personas que están detenidas y pueden ponerle en contacto con los servicios que hay fuera.

Su asesor/a legal debe decirle por escrito:

  • qué servicio va a recibir;
  • a quién puede quejarse si tiene dudas sobre el servicio o el/la asesor/a en sí;
  • si tendrá que pagar algo y cómo se calcula esa cantidad; y
  • cómo ponerse en contacto con el servicio de asesoría si lo necesita.

Va contra la ley que una organización ofrezca asesoría o ayuda en los casos de asilo a no ser que sean abogados o se hayan inscrito en el registro de la Oficina del Comisionado para los servicios de inmigración (Office of the Immigration Services Commissioner - OISC). Cualquier persona que ofrezca asesoramiento legal que no sea gratis debe informarle que también existe asesoramiento legal gratuito.

Los intérpretes

Las autoridades de inmigración llamarán a un intérprete para cualquier entrevista que realicen. Su defensor o defensora legal deberían también llamar a uno cuando le vean. Si usted no entiende al intérprete, debe decirlo inmediatamente, es muy complicado corregir los errores más tarde. Recuerde que los intérpretes están ahí para ayudarle a comunicarse, y deberían solamente traducir lo que se dice, no deberían aconsejarle o contestar las preguntas por usted. Debe intentar no usar a los amigos o familiares para nada, a no ser que sea algo muy simple.

Más información

Community Legal Service Direct

Ofrece información gratuita y directa al público sobre diferentes temas legales muy comunes.

Llame al 0845 345 4 345

Si cumple los requisitos para obtener asistencia legal (Legal Aid), consiga asesoramiento gratuito de un asesor legal cualificado sobre las ayudas económicas del estado, deudas, educación, empleo o vivienda. También puede encontrar un buen asesor legal o abogado en su zona.

Haga clic en www.clsdirect.org.uk para más información.

Amnesty International (Amnistía internacional)

teléfono en Inglaterra: 020 7033 1500

en Gales: 029 2037 5610

www.amnesty.org.uk

Immigration Law Practitioners Association (ILPA) – (Asociación de abogados de inmigración)

Para más información sobre cómo conseguir ayuda, pida o busque el directorio de miembros (Directory of Members).

teléfono: 020 7251 8383

www.ilpa.org.uk

Immigration Advisory Service

www.iasuk.org

teléfono: 020 7967 1200 (oficina central)

Vea la página Web para direcciones y teléfonos de contacto en toda Inglaterra y Gales

Law Society (Colegio oficial de abogados)

La organización Law Society puede darle los datos de abogados que ofrecen representación legal en casos de asilo político.

teléfono: 0870 606 6575

www.solicitors-online.com

National Asylum Support Service (Servicio nacional de ayuda a los solicitantes de asilo)

Frank Corrigan, 27 Old Gloucester Street,

Bloomsbury, London WC1N 3XX

www.asylumsupport.info

Office of the Immigration Services Commissioner (OISC) - Oficina del Comisionado para los servicios de inmigración

teléfono: 0845 000 0046

www.oisc.org.uk

Refugee Legal Centre

teléfono: 020 7780 3200

www.refugee-legal-centre.org.uk

Otro folleto llamado ‘Legal Advice for People who are Detained by the Immigration Service’ (Asesoramiento legal para personas que están detenidas por el servicio de Inmigración) ha sido editado por las organizaciones Law Society, Law Society of Scotland, OISC, CLS y ILPA, y debería estar disponible en cualquiera de estas organizaciones.

Este folleto ha sido escrito en colaboración con la asociación Immigration Law Practitioners Association y Mick Chatwin, un abogado especializado en la ley de inmigración.

This document was provided by Community Legal Service Direct, April 2006, www.clsdirect.org.uk

Document Links

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